La Reforma Laboral en México ha generado muchas reacciones en todos los sectores del mercado laboral, porque implica cambios muy positivos en materia de contratación de servicios de terceros, y tiene la intención de proteger los derechos de los trabajadores.

ANTECEDENTES.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en coordinación con otras dependencias como el IMSS, el SAT, la Procuraduría Fiscal, el INFONAVIT y la UIF, evidenciaron una serie de prácticas que afectaban a millones de trabajadores en México. No se les permitía generar antigüedad, no recibían reparto de utilidades, aguinaldo, prima vacacional y tampoco podían ejercer libremente sus derechos colectivos.

DATOS DUROS.

  • 83% de las empresas inspeccionadas tenían subcontratada al total de su plantilla.
  • 75% de los trabajadores estaban registrados en el IMSS con salarios menores a los reales.
  • Algunos empleados eran registrados con actividades distintas a las que en realidad desempeñaban para reducir su prima de riesgo.
  • 29% de las empresas renovaban mensualmente el contrato de los trabajadores, provocando incertidumbre de saber si el próximo mes tendrían empleo.
  • El 95% de las empresas conseguían a sus trabajadores a través de 3 o hasta 6 empresas contratistas, las que fungían como intermediarias para evadir algunas obligaciones.

BENEFICIOS DE LA REFORMA LABORAL.

  • El principal objetivo de la Reforma es incrementar el empleo formal.
  • Con la Reforma de subcontratación, se combatirá la simulación y evasión fiscal.
  • Dar más seguridad y calidad en el empleo a los trabajadores.
  • Regular la prestación de Servicios Especializados de personal.
  • Establecer las bases de la nueva forma de gestionar capital humano.

¿CÓMO QUEDA LA REFORMA?

  1. Se prohíbe la subcontratación de personal.
  2. Se permite la subcontratación de SERVICIOS Y OBRAS ESPECIALIZADAS que NO formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante.
  3. Registro Obligatorio para las empresas de subcontratación especializada en un Padrón público a cargo de la STPS, (REPSE) previa acreditación de cumplimiento de sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social.
  4. Las empresas que reciban los Servicios Especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento.
  5. Se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo, para evitar simulación y defraudación fiscal.
  6. Se endurecen las sanciones para el caso de incumplimiento.
  7. Plazos de la Reforma: 1 mes a partir de la publicación de la reforma para que la STPS emita los lineamientos para el registro; 3 meses para que las empresas se regularicen y reconozcan a sus trabajadores, una vez publicados los lineamientos. Cada 3 años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS.
  8. Se reforma la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que en el Gobierno Federal ya no exista la subcontratación de personal. Se iniciará un proceso de diagnóstico para regularizar al personal subcontratado. 

¿QUÉ PASARÁ CON LAS EMPRESAS?

De acuerdo con la encuesta Termómetro de Teletrabajo y Subcontratación” de Mercer, al menos el 60% de las empresas encuestadas tiene personal tercerizado y 38% de ellas, recurre a un esquema de insourcing; es decir, que sus empleados están contratados a través de otra razón social creada por la misma organización. 

Estas empresas deberán realizar ajustes para cumplir con las nuevas disposiciones y únicamente podrán subcontratar servicios u obras especializadas que no formen parte de su actividad económica preponderante. 

Las empresas deberán incorporar a sus trabajadores que están subcontratados como empleados permanentes. Con excepción de aquellos servicios o de ejecución de obras especializadas, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público REPSE.

EN CASO DE INCUMPLIR LA LEY

Las modificaciones aprobadas, contemplan reformas a la Ley Federal del Trabajo para imponer multa de hasta 4 millones 481,000 pesos (hasta 50,000 UMAs) para quien realice o preste servicios de subcontratación, sin contar con REPSE correspondiente.

Se establecerán cambios al Código Fiscal de la Federación para considerar esta figura como delito de defraudación fiscal, el cual se castiga hasta con tres años de prisión.

Cuando un patrón no permita la inspección y vigilancia de las autoridades será acreedor de una multa de entre 22 mil y 448 mil pesos.

Texto: Ricardo Tejeda

Para Machgroup Mx

#ReformaLaboral, #REPSE, #STPS, #IMSS, #INFONAVIT, #SAT, #ServiciosEspecializados, #RRHH, #trabajo.

¡Gracias por comentar y compartir la información!